Transición 5.0 - Procedimiento para acceder a la prestación y cómo utilizar el crédito fiscal
Pubblicato il 18 dicembre 2024
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El siguiente artículo ilustra los pasos obligatorios, desde la transmisión de la comunicación preventiva hasta la finalización del proyecto, con indicación de las modalidades de envío, los requisitos exigidos y los plazos a respetar. El cumplimiento de estas indicaciones es imprescindible para garantizar la obtención del crédito fiscal.
Transmisión de comunicación preventiva
Para acceder al beneficio fiscal, la empresa está obligada a presentar una comunicación preventiva antes de la finalización del proyecto de innovación. Esta comunicación deberá contener:
Los datos necesarios para identificar al beneficiario;
Información relativa al proyecto de innovación, incluida la fecha de inicio y la fecha prevista de finalización;
Indicación de las inversiones elegibles y el monto correspondiente;
La estimación del crédito fiscal potencialmente adeudado;
El compromiso de cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 18.
La comunicación deberá ir acompañada de la certificación a que se refiere el artículo 15, apartado 1, letra a).
Verificación y comunicación GSE
Dentro de los cinco días siguientes a la recepción de la comunicación previa, el GSE verifica la exactitud de los datos, la integridad de los documentos y el cumplimiento de los límites de gasto. Tras la verificación, la GSE deberá comunicar a la empresa el importe del crédito fiscal contabilizado, dentro de los límites de los recursos disponibles, incluso parcialmente. En el caso de errores, documentación incompleta o ilegible, el GSE procederá a informar de las incorporaciones necesarias en el plazo de cinco días, quedando la empresa obligada a integrar en el plazo de diez días.
Si estos complementos se consideran adecuados, el GSE comunicará el importe reservado en un plazo de cinco días más.
Indisponibilidad de recursos
Si los recursos no estuvieran temporalmente disponibles, la comunicación anterior se seguirá considerando válidamente transmitida. En caso de nueva disponibilidad de recursos, el GSE informa a la empresa, la cual debe confirmar dentro de diez días el contenido de la comunicación previamente transmitida. Dentro cinco dias A partir de la confirmación, la GSE comunica el importe del crédito fiscal contabilizado.
Confirmación de órdenes de inversión
Dentro de los treinta días siguientes a la recepción de la comunicación del importe reservado, la empresa deberá enviar un nueva comunicacion que contiene:
Los detalles de las facturas relativas a órdenes de compra;
Comprobante de pago de depósito de al menos 20% del coste de adquisición , tanto para las inversiones señaladas en el artículo 6 como para las del artículo 7.
Dentro de los cinco días siguientes a la recepción de la comunicación, el GSE verificará la exactitud de los datos y la documentación transmitidos y, en caso de resultado positivo, comunicará a la empresa la confirmación del importe del crédito fiscal contabilizado.
Comunicación de finalización del proyecto.
Al finalizar el proyecto de innovación, y en cualquier caso mediante 28 de febrero de 2026 , la empresa debe transmitir una comunicación de finalización que incluye:
Identificación del proyecto terminado, con indicación de la fecha real de finalización;
El monto total de las inversiones elegibles realizadas;
El monto final del crédito fiscal adeudado;
La certificación del cumplimiento de las obligaciones establecidas por la legislación vigente.
También para esta comunicación, dentro de los diez días siguientes a la recepción de la comunicación de finalización, el GSE verifica la exactitud de los datos, la integridad de la documentación y el cumplimiento de los límites de gasto. Posteriormente, se comunicará a la empresa el importe definitivo del crédito fiscal que podrá utilizarse como compensación, el cual no podrá exceder el importe previamente reservado.
Métodos de transmisión de comunicación.
Todas las comunicaciones requeridas a los efectos de acceder al beneficio fiscal deberán enviarse exclusivamente electrónicamente a través de la plataforma informática “ Transición 5.0 " , accesible a través de SPID en el sitio web institucional de GSE.
La falta de envío de las comunicaciones solicitadas y de la documentación adjunta imposibilita la realización del trámite y, en consecuencia, el beneficio del crédito fiscal.
Requisitos de comunicación previa
La comunicación previa sólo podrá presentarse por una estructura de producción única en el cual:
No se han lanzado más proyectos de innovación;
Se han completado proyectos de innovación anteriores y el GSE ya ha confirmado el crédito fiscal.
La comunicación de finalización no puede referirse a proyectos de innovación con inversiones en activos o actividades. diferente de los indicados en la comunicación previa.
uso de credito
El crédito fiscal podrá utilizarse, en uno o más tramos, antes del 31 de diciembre de 2025 presentando el formulario F24 a través de los servicios telemáticos de la Agencia Tributaria. De lo contrario, la transacción de depósito será rechazada. Cualquier crédito no utilizado al 31/12/2025 podrá dividirse en cinco cuotas anuales del mismo monto.